Última revisión
16/07/2026
Caso práctico: Exención en IP por participaciones en entidades si las remuneraciones por funciones de dirección se cobran de otra sociedad del grupo
GPT Iberley IA
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Tiempo de lectura: 8 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 16/07/2026
En este caso práctico analizamos si es posible la exención en IP por participaciones en entidades cuando el interesado no cobra las remuneraciones por el ejercicio de funciones de dirección de la propia sociedad en cuyo capital participa, sino de otras entidades de su mismo grupo.
PLANTEAMIENTO
Una contribuyente es titular del 70 % de las participaciones de la sociedad «X», que es la matriz de un grupo, cuyas filiales son «X1» y «X2».
En principio, parece que la contribuyente cumple todos los requisitos para que sus participaciones en «X» queden exentas del IP conforme al artículo 4.Ocho.Dos de la LIP: la sociedad no tiene por actividad principal la gestión de un patrimonio ...
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