Preámbulo Res de 27 de a...ependencia

Preámbulo Res. de 27 de agosto de 2026, criterios de reparto de créditos para la financiación durante 2026 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de Dependencia

Ver Indice
»

Preámbulo

Vigente

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.5 del Reglamento interno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, aprobado por Resolución de 25 de febrero de 2019, de la entonces Secretaría de Estado de Servicios Sociales (BOE núm. 58, de 8 de marzo), el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia aprobó, en su reunión extraordinaria de 13 de agosto de 2026, el Acuerdo para el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2026 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, que se publica como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de agosto de 2026.-La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María Rosa Martínez Rodríguez.