Artículo 30 DECRETO-LEY ...no de 2026

Artículo 30. DECRETO-LEY 5/2026, de 1 de septiembre, Extremadura, ayudas y otras medidas para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales del verano de 2026

Ver Indice
»

Artículo 30. Régimen jurídico y procedimiento de concesión.

Vigente

1. Las subvenciones reguladas en este capítulo tienen carácter singular y excepcional y se concederán de forma directa, en la forma prevista este Decreto-ley al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.4.b) y 31 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

2. La concesión directa de estas ayudas se justifica por la concurrencia de razones de interés público, social, económico y humanitario derivadas de la situación de emergencia ocasionada por los incendios forestales, así como por la necesidad de atender de forma inmediata las consecuencias sufridas por las personas afectadas.

3. El procedimiento de concesión se iniciará a solicitud de las personas interesadas.