Artículo 3. Orden PRE/49/2026, de 6 de mayo, Cantabria, se convoca la XV Edición de los Premios de Investigación del Instituto Cántabro de Administración Pública Rafael de la Sierra
Artículo 3. Presentación de los trabajos.
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1. Los trabajos se podrán presentar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria, el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 15 de octubre de 2026.
2. Los trabajos se dirigirán al titular de la Dirección del Instituto Cántabro de Administración Pública - ICAP - Rafael de la Sierra, con la siguiente documentación:
a) La solicitud de participación debidamente cumplimentada, conforme al modelo normalizado que figura como ANEXO I.
b) Se acompañarán 3 ejemplares de la obra en formato papel, y uno más en soporte informático (formato Word). En los trabajos no figurará ningún dato personal, debiendo constar únicamente su título.
c) Junto al trabajo, se presentará un sobre cerrado, rotulado con la modalidad del premio al que se opta y el título del trabajo, dentro del cual figurarán cumplimentados los modelos normalizados (anexo II y III) y que contendrán los siguientes extremos:
1º. Los datos personales del autor o autores del trabajo, dirección postal, correo electrónico y teléfono. Cuando se trate de grupos de trabajo, deberá indicarse con claridad los citados datos de cada uno de los participantes, y quien es la persona que está al frente de la investigación y consecuentemente es el responsable de la dirección del equipo de trabajo.
2º Declaración responsable de los interesados sobre los siguientes extremos:
1) Que el trabajo presentado es original, no es copia ni adaptación de otro, es inédito, no ha sido difundido por ningún medio, incluyendo Internet, y no ha sido galardonado con otros premios.
2) Que el autor o autores no se hallan incursos en ninguna de las circunstancias expresadas en el artículo 12, apartados 2 y 3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
3) Que cede los derechos de edición de su obra, en caso de que resulte premiada, para su publicación y venta durante los cinco años siguientes a partir de la notificación de la resolución de concesión de los premios.
4) En el caso de los trabajos presentados bajo la modalidad B), que cede los derechos de uso y explotación de las iniciativas innovadoras durante los cinco años siguientes a partir de la notificación de la resolución de concesión de los premios.
5) Que reúne los requisitos exigidos para participar en la modalidad B).
6) Que todos los datos aportados son veraces.
7) Que ha sido informado sobre el tratamiento, responsable del tratamiento, finalidad, legitimación, destinatarios, derechos e información adicional en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de aplicación en materia de protección de datos de carácter personal.
3º. Autorización para la verificación por parte de la Administración de los siguientes datos:
i) Datos de identidad.
ii) De ser empleado público, (modalidad B).
iii) De estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de ayuda conlleva la autorización del solicitante al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
4º. Además, se incluirá en dicho sobre cerrado un breve curriculum vitae.
3. No será preceptiva la presentación de documentos que ya se encuentren en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que no hayan sido modificados, y que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron entregados, y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
4. La declaración responsable contemplada tendrá los efectos establecidos en el Artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. Los modelos normalizados son los anexos que figuran en la presente convocatoria y estarán disponibles a partir del día siguiente a la publicación de la citada convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria a través de Internet en la dirección: www.cantabria.es. Los citados documentos deberán presentarse firmados por el solicitante o por el representante legal, en su caso.
6. La solicitud y los trabajos se podrán presentar en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquier otra oficina de asistencia del registro electrónico general de las previstas en el artículo 134.6 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, incluida la del Instituto Cántabro de Administración Pública "Rafael de la Sierra", sito en Finca Rosequillo, s/n, 39690 La Concha de Villaescusa (Cantabria), que expedirá el oportuno justificante con la fecha y hora de recepción, así como del título de la obra entregada. Igualmente, podrán remitirlos por correo certificado a la misma dirección con el epígrafe Premio de Investigación del Instituto Cántabro Administración Pública "Rafael de la Sierra" (Modalidad A o B), sin que figure la identidad del autor en el envío postal, acogiéndose a lo establecido en el Artículo 24.3 del Reglamento de la prestación de los servicios postales, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre.
7. El plazo para subsanación de defectos y/o presentación de la documentación requerida, será de diez días hábiles, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6.5 de la Orden PRE/9/2024, de 12 de febrero.
